CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO POR TIEMPO DETERMINADO
Nosotros, XXXX, mayor de edad, soltera, abogada y de este domicilio, identificada con cédula número XXXX, en calidad de representante Legal de la Empresa denominada XXX, entidad jurídica constituida conforme las leyes de la república de Nicaragua, quien en lo sucesivo se denominará EL EMPLEADOR y XXXX, mayor de edad, del domicilio de Managua y que se identifica con Cédula de Identidad Número XXXX, quien en lo sucesivo se denominara la Trabajadora, hemos convenido en celebrar el presente Contrato Individual de Trabajo por Tiempo Determinado, el que se regirá por las siguientes cláusulas:
CLÁUSULA PRIMERA: OBJETO: XXXX. tiene como uno de sus objetos la externalización de servicios a través de recursos humanos especializados entre otros, en cualquier área que nuestros clientes requieran, con esta finalidad procede a contratar los servicios de la Trabajadora, para que, en su nombre, por cuenta y de manera subordinada a XXXX, preste personalmente sus servicios, desempeñándose en el cargo de Camarera/aseadora, que para efectos del presente contrato realizará en el lugar que para efecto de localización de dicha oficina determine El Empleador y que en este momento se encuentra ubicado dentro de las instalaciones de XXXXX. que para los efectos de este contrato se denominará EL CLIENTE.
CLÁUSULA SEGUNDA: OBLIGACIONES GENERALES Y ESPECÍFICAS DE LA TRABAJADORA: Obligaciones Generales: Además de las obligaciones específicas o particulares de su cargo, las estipuladas en otras cláusulas del presente contrato, el Reglamento Interno de Trabajo de XXXX S.A, La Trabajadora está obligado a:
1. Cumplir sus deberes y obligaciones estipuladas en el Código del Trabajo, Reglamento Interno de Trabajo de La Empresa Cliente, así como su Reglamento Técnico Organizativo y lo dispuesto en el presente contrato.
2. Observar buena conducta durante la prestación del servicio, entendiéndose como tal el respeto y cumplimiento estricto de las normas administrativas, éticas y morales establecidas por EL EMPLEADOR y por el cliente de éste o que se acostumbren dentro del ámbito de las relaciones propias de los servicios objeto del Contrato.
3. Desempeñar sus labores sin poner en peligro su seguridad, la de sus compañeros de trabajo, la de terceras personas, así como la de los bienes e intereses de EL EMPLEADOR y del Cliente.
4. Solicitar permiso y esperar la autorización correspondiente cuando por razón justificada deba ausentarse del trabajo.
5. Salvo autorización expresa del EMPLEADOR no utilizar ningún bien o servicio de EL EMPLEADOR o del cliente de éste, sin la respectiva autorización.
6. No utilizar los equipos o bienes de EL EMPLEADOR o propiedades del cliente para fines distintos a los contratados.
7. Abstenerse de realizar actividades mercantiles, propaganda, publicidad y colectas dentro del centro de trabajo.
8. No Injuriar, calumniar o realizar hechos que de cualquier forman dañen al empleador o al cliente.
9. Durante el tiempo que preste sus servicios al EMPLEADOR, no se dedicará a ninguna actividad que genere conflicto de intereses con EL EMPLEADOR o con el cliente de este y los propósitos del presente contrato.
10. Abstenerse de hacer declaraciones o pronunciamientos públicos o privados que pueda causar daños o de cualquier forma tener efectos negativos sobre El Empleador o su cliente y sobre las relaciones de negocios del Cliente con personas naturales o jurídicas.
11. Abstenerse de realizar actos que puedan poner en tela de juicio la ética del TRABAJADOR, de sus compañeros de trabajo y del cliente.
12. Abstenerse de hacer uso de teléfonos celulares durante las horas de trabajo.
13. Cumplir con las funciones y obligaciones contempladas en la ficha ocupacional, inherente a su cargo que forma parte integrante del presente Contrato de Trabajo.
14. Cumplir las órdenes e instrucciones que reciba del empleador, su representante o el Cliente adonde este asignado en el desempeño de su cargo.
15. Cumplir con las actividades, funciones y atribuciones anexas y conexas al mismo.
16. Y todas aquellas obligaciones específicas contenidas en la descripción de puesto de trabajo.
CLÁUSULA TERCERA: LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO. La Trabajadora desempeñará sus labores en el local que el EMPLEADOR le designe. En el presente caso se le asigna las oficinas de XXXX.
CLÁUSULA CUARTA: JORNADA DE TRABAJO Y PERIODO DE INTERRUPCIÓN: La jornada de trabajo exigible en LA COMPAÑÍA es de cuarenta y ocho horas semanales de efectivo trabajo y ocho horas diarias de lunes a sábado. LA TRABAJADORA contará con un período de una hora para ingerir sus alimentos, tiempo que no será computado como de efectivo trabajo.
Aun cuando LA TRABAJADORA no estará sujeto a control de jornada, no podrá descuidar sus funciones y atribuciones, por el contrario, deberá en todo momento atender a cualquier eventualidad que ocurra en LA COMPAÑÍA, especialmente en las áreas propias de su cargo.
CLÁUSULA QUINTA: TIEMPO EXTRAORDINARIO. Todo tiempo que la Trabajadora laboré después de cumplida su jornada ordinaria semanal del turno respectivo, se pagará como horas extra.
En ningún caso la empresa reconocerá horas extras que no estén debidamente autorizadas por el jefe inmediato y por recursos humano, dicha autorización debe emitirse por escrito, es decir que para tener derecho a horas extras no es suficiente marcar el control de horario, lo que deberá hacer en las oficinas del cliente adonde ha sido asignado.
CLÁUSULA SEXTA: SALARIO. La Trabajadora, devengará por los servicios prestados, un Salario Mensual de siete mil seiscientos sesenta córdobas con cincuenta y ocho centavos córdoba (C$ 7,660.58) El salario se pagará en dos cuotas quincenales.
Del total del salario devengado por la Trabajadora, se le harán las deducciones legales que correspondan, tales como, cotización laboral del INSS, IR; las dispuestas por las autoridades jurisdiccionales y las que expresamente autorice la Trabajadora.
CLÁUSULA SEPTIMA: CAUSAS DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO.
El presente Contrato de Trabajo podrá terminar por las siguientes causas:
1. Por expiración de plazo convenido.
2. Por las causas establecidas en el código del trabajo y demás leyes laborales, Reglamento Interno del Trabajo y por obviar la directrices, políticas u órdenes que en razón de su cargo reciba departe del EMPLEADOR o del CLIENTE a donde ha sido asignado.
CLÁUSULA OCTAVA: MOVILIDAD FUNCIONAL, PROMOCIONES Y TRASLADOS. Las partes de común acuerdo y con fundamento en el arto. 31 C.T. estipulan que la Trabajadora puede ser promovido o trasladado de una plaza a otra, en cuyo caso dichos traslados se regirán por la ley y por lo prescrito en el Reglamento Interno de Trabajo
CLÁUSULA NOVENA: CONFIDENCIALIDAD. Durante la vigencia del presente contrato, la Trabajadora se compromete a salvaguardar y no divulgar información interna de xxx, ni del cliente y utilizarla únicamente para los propósitos internos del desempeño de sus funciones, pudiendo XXXX rescindir el presente contrato por justa causa, si hubiere contravención a esta disposición por parte de la Trabajadora.
CLÁUSULA DÉCIMA: VIGENCIA Y ACEPTACIÓN DEL CONTRATO El presente Contrato es tendrá una vigencia de cuatro meses que iniciará el día dieciséis del mes de junio del año Dos Mil Diecinueve y culminará el día quince del mes de octubre del año Dos mil Diecinueve. Leído por las partes el presente contrato, lo encontramos conforme, aprobamos, ratificamos y firmamos en dos tantos de un mismo tenor en Managua el día uno del mes de abril del año Dos mil Diecinueve.
_________________________________ ________________________________ Empleador Trabajador
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