Concepto de Constitución Política

Es la norma suprema, escrita o no, de un Estado soberano u organización, establecida o aceptada para regirlo. La constitución fija los límites y define las relaciones entre los poderes del Estado (poderes que, en los países occidentales modernos, se definen como poder legislativo, ejecutivo y judicial) y de estos con sus ciudadanos, estableciendo así las bases para su gobierno y para la organización de las instituciones en que tales poderes se asientan. Este documento busca garantizar al pueblo sus derechos y libertades. 

Existen diferentes significados acerca de lo que llamamos técnicamente Constitución Política. Al respecto estudiaremos los más comunes: 

a) Ley fundamental que regula la Organización del Estado y los derechos y garantías de los ciudadanos. 

b)Ley fundamental constitutiva de todo el orden jurídico. 

c) Ley fundamental que regula y establece el modelo económico, político y social de un Estado. 

d) Suprema voluntad del pueblo expresada por sus representantes: constituyentes electos para tal fin.


La clasificación de las constituciones

a. Según su validez territorial las constituciones pueden ser: Federales, Unitarias o Estatales. 

Constitución Federal: es la unión de varios Estados que seguramente regirá una Constitución para cada Estado miembro y estas a su vez se subordinarán a la Constitución Federal.

Constitución unitaria, estatal o única: en un Estado unitario, como lo son la mayoría de los estados que tienen una sola división político-administrativa, únicamente existe una Constitución que va regir dentro de todo el territorio estatal, no debe su validez de otra constitución federal o unión.

b. Según su origen, la Constitución puede ser originaria y derivada.

Originaria: es aquella que no necesita para su validez de una anterior o, existiendo otra anterior a ella, esta desaparece por situaciones especiales, en este caso solo es posible en tres circunstancias:

— Cuando el Estado se constituye y proclama su independencia. 

— Cuando se da un golpe de estado y rompe con la Constitución vigente. 

— Cuando se da una revolución y se sustituye el orden jurídico por otro.

Derivada: son aquellas que derivan su validez de un ordenamiento previamente establecido.

c. Según su extensión las constituciones pueden ser sumarias o breves y desarrolladas.

Sumarias:   son constituciones cortas en su articulado y que regulan estrictamente los aspectos más fundamentales.

Desarrolladas:  regulan los aspectos fundamentales, pero que le dan un relativo  desarrollo a cada institución. Por ejemplo: las constituciones modernas tienen        alrededor de 150 a 300 artículos.

d. Según la agilidad en el procedimiento de reforma, las constituciones pueden ser rígidas o pétreas, semirrígidas y flexibles.

Rígida: Es aquella en que el procedimiento de reforma parcial o total contiene determinados requisitos que dificultan dicha reforma.

Semirrígidas: Contienen un hibrido de restricciones para su reforma, pero no tan amplias como las anteriores. Como por ejemplo: el caso de Nicaragua.

Flexibles: son aquellas en que las reformas pueden hacerse con facilidad y agilidad.

e. Según su forma o solemnidad puede ser escrita o no escrita.

Escrita: Es el texto legal en el que se plasman los principios fundamentales sobre los que descansa la organización, los límites y las facultades del Estado, así como deberes y derechos de los individuos.

No escrito:  no existe un texto específico que contenga la totalidad, o casi la totalidad de las normas básicas, sino que estas están contenidas a lo largo de diversas leyes, cuerpos legales y usos repetidos. 

f. Según su fuente las constituciones puede ser otorgadas, impuesta y pactadas.

Otorgadas: son aquellas en las cuales el monarca, en su carácter de titular de la soberanía, las otorga al pueblo.

Impuestas:  es la representación de la sociedad la que le impone una serie de  notas, determinaciones o de cartas políticas al rey, y este las tiene que aceptar. 

Pactadas: son contractuales y se dice que parten de la teoría del pacto social.

g. Según sean vigente y non natas (que no nació).

Vigente: Una Constitución es vigente cuando la misma se está ejecutando y cumpliendo por parte del Estado, sus poderes y los ciudadanos.

Non Natas: es cuando habiendo sido aprobada en su totalidad o parcialmente no logre tener vigencia por un acontecimiento político-militar.


Estructura general de la Constitución Política

La parte orgánica: tiene que ver con la organización del Estado, su territorio, sus nacionales, los poderes del Estado, formas de elección de las principales autoridades, atribuciones y funciones de cada poder del Estado; división político-administrativa del Estado, subordinación del poder al derecho y supremacía constitucional.

La parte dogmática: El Estado debe de garantizar al ciudadano, un conjunto de derechos y garantías de tal manera que en la toda constitución es tan importantes la organización del Estado como el apartado relacionado con los derechos y garantías del ciudadano.

La parte programática: No son garantías a las cuales el Estado esté ineludiblemente obligado a asegurar y cumplir, sino que son visiones o metas del Estado por alcanzar.


La estructura específica de la Constitución Política

La estructura específica de una Constitución Política normalmente le encontramos dividida de la siguiente manera: 

a. Preámbulo. 
b. Parte orgánica. 
c. Parte dogmática. 
d. Supremacía de la Constitución y control constitucional. 
e. Reformas constitucionales. 
f. Vigencia de la Constitución. 
g. Disposiciones finales y transitorias.